Digresión IV. Sobre la sanción (apunte)
El derecho, fenómeno de poder, ha visto inúmeras teorías sobre la sanción. Así, para algunas plumas, la nota que otorga la calidad de “jurídica” se encuentra en la imposición de un castigo por un órgano público. La sanción, entonces, es la consecuencia de un hecho, un acto o una abstención, que para ser propia del derecho debe distinguirse de la moral, esa “ciencia de las costumbres” en ocasiones tan difícil de asir. Esa consecuencia, generalmente se admite, debe ser de tipo negativo, esto es, configurar un castigo que provoque un dolor (como el cercenamiento de una mano), pérdida (de la libertad o los bienes) o una angustia (ejemplo, el destierro). Los efectos pueden ser, entonces, físicos o psicológicos, apreciables o no por los sentidos, pero siempre reales. Ese castigo tiene tres notas, para considerarlo propio del derecho: que sea producto de la violación de un mandato jurídico; que sea impuesto por una autoridad pública; y que tenga algún tipo de límite; los dos prime...