Escribir el derecho

Me he ocupado en varias ocasiones de la escritura y el derecho; al tener la oportunidad de redactar textos legislativos, reglamentarios, de investigación y de divulgación, he utilizado diversas casacas, según la oportunidad que en cada caso corresponde. Esto me lleva a reflexionar sobre la escritura del derecho.
 
No quiero referirme a la redacción legislativa, donde reina la claridad árida del término exacto, y se permiten breves vuelos literarios en las exposiciones de motivos (desgraciadamente suelen estar mal redactadas, pues no precisan los tres elementos básicos: el problema o cuestión a atender con el texto legal; la justificación de su atención por una medida normativa y no por otra, tal como una política pública; y la explicación concienzuda y completa tanto de la estructura del texto como de su contenido).
 
Hoy quiero ocuparme de otra forma de escribir el, o sobre, derecho; me refiero a la exposición de sus contenidos, a la explicación de sus alcances, a la postulación de nuevas teorías o la vindicación de las existentes. Concretamente, a los libros, ensayos y artículos; y la forma de su abordaje.
 
Es un tema complejo, sin duda, y que supongo tendrá vigencia en otras ciencias (teoría) y artes (interpretación y argumentación), importa el uso exacto del metalenguaje, la utilización correcta de los términos precisos, así como la exposición sistemática; lo que obliga al conocimiento profundo del asunto que se aborda. También, al tratarse de textos destinados más a la lectura que a la aplicación, se requiere un estilo que resulte interesante, que atraiga al lector. La frase elegante, el lenguaje armonioso que nos hace decir "una página más" antes de cerrar el libro o la revista.
 
Precisión y atracción, claridad y elegancia..., no es un ejercicio fácil. Pero la aridez, permitida en la norma imperativa, no puede ser virtud en el ensayo o en el libro. Y desde luego, tampoco debe ser pedante presunción de quien renuncia a lo bien escrito pensando por creer que está peleado con lo bien pensado.
 
Juristas literatos han existido. También, doctos que han plasmado en sus trabajos la elegancia de una mente bien amueblada, y convenientemente sazonada con la lectura de obras literarias que enriquecen la expresión; ejemplos en español tenemos en Eduardo J. Couture, Emilio O. Rabasa, Manuel Atienza, y Manuel Herrera y Lasso.
 
No es un ejercicio fácil; pero como muchas otras cosas en la vida, escribir bien sólo se aprende practicando, y como ves amable lector, sigo en la práctica.

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