Derecho y literatura XVI


Ricardo, ese espléndido demonio

(texto publicado originalmente el 25 de enero de 2019 en El Universal Querétaro)

Por: Luis Octavio Vado Grajales

El teatro no es fiel espejo de la vida, sino su representación esquematizada, puntuada de forma que el dilema que enfrentan los personajes refleje un conjunto de situaciones mayor que la que se presenta de manera inmediata; una obra nos permite reflexionar sobre temas que en un primer vistazo no parece que estuvieran en la mente de su autor.

“La tragedia de Ricardo III” es una obra de Shakespeare presente en nuestra imaginación colectiva; basta decir que la serie “House of Cards”  basada en un trio de novelas de Michel Dobbs, es una reformulación de la obra del dramaturgo británico.

Ricardo, ese espléndido  demonio, ejemplifica al político que tiene un objetivo único y egoísta,  está dispuesto a hacer lo que sea para conseguirlo, no lo detiene ni la moral ni el derecho, no respeta jerarquías, edades o incluso a su propia madre. Su primo Bukingham  es un ser acomodaticio que encuentra la manera de estar con el ganador; mientras Catesby es el arquetipo del servidor abyecto.

Dentro del drama hay una reflexión sobre el poder y el derecho. El texto o la puesta en escena pueden verse como un ejemplo de los dilemas de ambos, los peligros que trae al gobernante el confiar excesivamente en sus personas más inmediatas, o el enfrentar los asuntos de Estado con un espíritu a la vez ingenuo e inestable. También pueden apreciarse los problemas del tirano con el derecho; Ricardo desprecia cualquier norma que obstaculice su obtención del trono, pero necesita cubrir los procedimientos mínimos y debe servirse del propio derecho para asegurar la corona en su cabeza.

Aquí usted observará que el derecho es un límite para la acción política, partiendo de la idea de que no porque algo pueda hacerse es correcto que se haga, siendo lo jurídico ese parámetro de corrección, sobre todo el escrito en la Constitución e interpretado por los tribunales.

Las leyes y los actos de autoridad se hacen conforme procedimientos ya fijados, Ricardo lo sabe y por eso pretende usar esas formas externas para cubrir sus actos reprobables, pero en términos jurídicos sus intentos son fallidos ya que los procedimientos no son un fin en sí mismos, sino mecanismo para asegurar en lo posible la adecuada creación de actos jurídicos conforme principios y valores.

Igual que en la obra, en la realidad el derecho no vale por sí mismo, ni siquiera una constitución, ya que es un medio para conseguir objetivos determinados. Visto de esta manera, la constitución de todo país persigue ciertos fines, ya sea la libertad, la igualdad, la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la justicia social, el bien común, la emancipación de las masas, entre otros según la ideología en que se base.

Ricardo tiene que recurrir a asesinos para que hagan en la oscuridad lo que no puede hacer a la luz del día sin juicio previo; cuando por su orden mueren hombres y mujeres de la nobleza viola los derechos a la vida y a un juicio justo. Usted puede ver en toda su trascendencia lo que sucede cuando el derecho no es usado como límite sino como mero manto para cubrir tiranos.

A veces aprendemos más sobre el derecho en la literatura que en textos académicos. Los poetas y los dramaturgos suelen expresar de mejor manera los dramas que esboza la realidad.

Comentarios