Derecho y literatura XVI
Ricardo, ese espléndido
demonio
(texto publicado originalmente el 25 de enero de 2019 en El Universal Querétaro)
Por: Luis Octavio Vado Grajales
El teatro no es fiel espejo de la vida, sino su representación
esquematizada, puntuada de forma que el dilema que enfrentan los personajes
refleje un conjunto de situaciones mayor que la que se presenta de manera
inmediata; una obra nos permite reflexionar sobre temas que en un primer
vistazo no parece que estuvieran en la mente de su autor.
“La tragedia de Ricardo III” es una obra de Shakespeare presente en nuestra
imaginación colectiva; basta decir que la serie “House of Cards” basada en un trio de novelas de Michel Dobbs,
es una reformulación de la obra del dramaturgo británico.
Ricardo, ese espléndido demonio,
ejemplifica al político que tiene un objetivo único y egoísta, está dispuesto a hacer lo que sea para
conseguirlo, no lo detiene ni la moral ni el derecho, no respeta jerarquías,
edades o incluso a su propia madre. Su primo Bukingham es un ser acomodaticio que encuentra la
manera de estar con el ganador; mientras Catesby es el arquetipo del servidor
abyecto.
Dentro del drama hay una reflexión sobre el poder y el derecho. El texto o
la puesta en escena pueden verse como un ejemplo de los dilemas de ambos, los
peligros que trae al gobernante el confiar excesivamente en sus personas más
inmediatas, o el enfrentar los asuntos de Estado con un espíritu a la vez
ingenuo e inestable. También pueden apreciarse los problemas del tirano con el
derecho; Ricardo desprecia cualquier norma que obstaculice su obtención del
trono, pero necesita cubrir los procedimientos mínimos y debe servirse del
propio derecho para asegurar la corona en su cabeza.
Aquí usted observará que el derecho es un límite para la acción política,
partiendo de la idea de que no porque algo pueda hacerse es correcto que se haga,
siendo lo jurídico ese parámetro de corrección, sobre todo el escrito en la
Constitución e interpretado por los tribunales.
Las leyes y los actos de autoridad se hacen conforme procedimientos ya
fijados, Ricardo lo sabe y por eso pretende usar esas formas externas para
cubrir sus actos reprobables, pero en términos jurídicos sus intentos son
fallidos ya que los procedimientos no son un fin en sí mismos, sino mecanismo
para asegurar en lo posible la adecuada creación de actos jurídicos conforme
principios y valores.
Igual que en la obra, en la realidad el derecho no vale por sí mismo, ni
siquiera una constitución, ya que es un medio para conseguir objetivos
determinados. Visto de esta manera, la constitución de todo país persigue
ciertos fines, ya sea la libertad, la igualdad, la dignidad humana, el libre
desarrollo de la personalidad, la justicia social, el bien común, la
emancipación de las masas, entre otros según la ideología en que se base.
Ricardo tiene que recurrir a asesinos para que hagan en la oscuridad lo que
no puede hacer a la luz del día sin juicio previo; cuando por su orden mueren
hombres y mujeres de la nobleza viola los derechos a la vida y a un juicio
justo. Usted puede ver en toda su trascendencia lo que sucede cuando el derecho
no es usado como límite sino como mero manto para cubrir tiranos.
A veces aprendemos más sobre el derecho en la literatura que en textos
académicos. Los poetas y los dramaturgos suelen expresar de mejor manera los
dramas que esboza la realidad.
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