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Mostrando las entradas etiquetadas como derecho constitucional local querétaro

El votante en tránsito en las elecciones locales de Querétaro.

Votar en las elecciones populares en los términos que señalen las leyes es, al mismo tiempo, un derecho y una obligación del ciudadano, lo que se desprende de los artículos 35, fracc. I; y 36, fracc. III, de la Constitución nacional. Partiendo de la base de que México es una federación, debemos admitir dos diversas cualidades de ciudadano, que pueden reunirse en una misma persona. La primera se refiere a la ciudanía en el ámbito federal, que permite participar en la elección de autoridades pertenecientes a tal ámbito, y se sujeta por tanto a la Constitución nacional, normas generales, así como a las leyes federales. La segunda, es la ciudadanía local, en virtud de la que se eligen a las autoridades locales y municipales, ejercicio supeditado a la Constitución nacional, las normas generales y las leyes locales. Ahora bien, en el caso del derecho de sufragio para cargos federales, tenemos el numeral 9, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE...

La omisión legislativa en el Derecho Constitucional local. Dos posibilidades

La omisión legislativa en el Derecho Constitucional local. Dos posibilidades. Sumario: I.- Planteamiento del tema; II.- Ámbito competente; III.- Conclusiones. Por: Luis Octavio Vado Grajales* I.- Planteamiento del tema El objetivo de este trabajo es resaltar cómo, en el caso de la omisión legislativa en el derecho constitucional local, debemos atender a dos posibilidades que se presentan en la práctica y la teoría: la omisión a un mandato originado en la Constitución nacional y la omisión a un mandato originado en la Constitución local. Así, será también objeto de análisis qué ámbito de gobierno deberá ocuparse de dicha omisión. De esta forma, no será nuestro tema de estudio ni la regulación específica del instituto , tal como el régimen procesal a que se deben someter dichos litigios; ni la discusión acerca de una indebida limitación al Poder Legislativo, o un supuesto gobierno de los jueces. Parto desde luego de una concepción normativa de Constitución, presuponiendo q...

El ausente constitucional. Reflexiones

El ausente constitucional Reflexiones Por: Luis Octavio Vado Grajales * El texto constitucional cambia por reforma del constituyente permanente. Pero la norma constitucional, entendida en términos de Eros Grau como el resultado del propio texto en conjunto con el caso fáctico al que se aplica, es producto último de la actividad judicial, al resolver los litigios de que se ocupa. De esta forma, la aplicación del texto constitucional por parte de los órganos ejecutivos y legislativos queda como un ejercicio incompleto, pues le falta el contraste y la definitividad que sólo le otorga un juicio, al contrastar la Constitución con el producto de su aplicación, ya sea acto o norma general. Desde luego, no propongo que todas las actividades ejecutivas y legislativas de las autoridades locales deban ser contrastadas con la Constitución local, Pero considero que dicha carta es una norma de normas; en términos de Hans Kelsen, una norma que regula la producción de las normas inferiores, y que por ...