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Miscelánea jurídica LXII

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 Discurso sobe la primera década de Tito Livio. Maquiavelo. Cuando se aborda a un autor como Maquiavelo, se corre el riesgo de hacerlo tomando no al personaje original y sus ideas, sino la imagen que otras mentes han construido de él. Por eso, como en todos los casos de plumas clásicas, vale la pena acercarse a la obra original, antes que a sus interpretaciones (afirmación que admito es polémica) Este texto, que poseo en una edición cubana de 1971, refleja una línea de pensamiento realista: quien quiere gobernar sobre un pueblo debe conocerlo, apreciar sus características y regirlo conforme a las mismas. Parece algo obvio, pero no lo es. Los ejemplos históricos que utiliza, la comparación con lo que se vivía en la Europa de su tiempo, las reflexiones sobre la guerra, los efectos de la religión en la moral cívica, la manera de conquistar, etc., todo implica una reflexión sobre el poder; un tema sobre el que medita con una sentido práctico que puede parecer descarnado, pero que se su...

Digresión IV. Sobre la sanción (apunte)

  El derecho, fenómeno de poder, ha visto inúmeras teorías sobre la sanción. Así, para algunas plumas, la nota que otorga la calidad de “jurídica” se encuentra en la imposición de un castigo por un órgano público. La sanción, entonces, es la consecuencia de un hecho, un acto o una abstención, que para ser propia del derecho debe distinguirse de la moral, esa “ciencia de las costumbres” en ocasiones tan difícil de asir. Esa consecuencia, generalmente se admite, debe ser de tipo negativo, esto es, configurar un castigo que provoque un dolor (como el cercenamiento de una mano), pérdida (de la libertad o los bienes) o una angustia (ejemplo, el destierro). Los efectos pueden ser, entonces, físicos o psicológicos, apreciables o no por los sentidos, pero siempre reales. Ese castigo tiene tres notas, para considerarlo propio del derecho: que sea producto de la violación de un mandato jurídico; que sea impuesto por una autoridad pública; y que tenga algún tipo de límite; los dos prime...

Sobre “La noche de Ángeles”

  Antonio Castro Leal, uno de los “Siete sabios”, escribió que la novela de la revolución conjuntaba cuatro estilos: el escrito autobiográfico, la obra de cuadros, el texto épico, y la novela nacionalista. Lo primero, porque cada autor (y autora, pues debemos incluir en la lista a Nellie Campobello) narra lo que vivió en ese cataclismo; lo segundo, porque la unidad narrativa es la vida arrebatada y vertiginosa del enfrentamiento. Es épica ya que el pueblo se muestra en lucha por sus derechos, y se enmarca en lo nacionalista porque se descubre lo mexicano como una revelación cegadora. La idea de la novela como autobiografía, de inmediato, nos remite a Roger Caillois, cuando afirmó que “Se empieza en la literatura por una autobiografía, y las novelas que vienen luego no hacen sino ponerla al día”. Tenía razón, y nuestra ficción revolucionaria sin duda tiene esa raíz. Lo mismo “Los de abajo”, que “Vámonos con Pancho Villa” o “Cartucho”. Aunque ciertamente todo texto (este mismo) e...

Díptico sobre Shakespeare

Ricardo, ese espléndido demonio El teatro no es fiel espejo de la vida, sino su representación esquematizada, puntuada de forma que el dilema que enfrentan los personajes refleje un conjunto de situaciones mayor que la que se presenta de manera inmediata; una obra nos permite reflexionar sobre temas que en un primer vistazo no parece que estuvieran en la mente de su autor. “La tragedia de Ricardo III” es una obra de Shakespeare presente en nuestra imaginación colectiva; basta decir que la serie “House of Cards”   basada en un trio de novelas de Michel Dobbs, es una reformulación de la obra del dramaturgo británico. Ricardo, ese espléndido   demonio, ejemplifica al político que tiene un objetivo único y egoísta,   está dispuesto a hacer lo que sea para conseguirlo, no lo detiene ni la moral ni el derecho, no respeta jerarquías, edades o incluso a su propia madre. Su primo Bukingham   es un ser acomodaticio que encuentra la manera de estar con el ganador; mientra...

Agenda gerontológica de la democracia mexicana

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Presentación en el Congreso "Constitucionalismo Transformador", en la Universidad del Externado, 8 de octubre de 2020 

Criterios aplicables a las consultas ciudadanas

  Las consultas populares están sujetas a aprobación y a control judicial. Ya sea en lo federal o en lo local existen límites y procedimientos que deben atenderse, y que pueden generar la negativa a la solicitud de realizar tales ejercicios. Esto me lleva a preguntarme acerca de la manera en que los órganos electorales y los judiciales deben acercarse a las solicitudes de consultas y a los litigios que originen y asumo que no soy la única persona con esas inquietudes; por tanto presento aquí algunas ideas que puedan orientar la discusión: Interpretación pro soberanía popular o pro soberanía: partiendo de que las consultas pueden ser un ejercicio de soberanía a la vez que una manifestación del derecho fundamental de la participación política, considero que las restricciones a la celebración de estos mecanismos deben analizarse de la manera más estricta. Certeza: verificar la claridad y publicidad del procedimiento así como de las competencias de las autoridades. Maximización del deb...

Reflexiones sobre la democracia liberal (en la versión de Winston Churchill)

  Churchill escribió siete preguntas que deberían contestarse los países que quisieran ser democracias. Estos cuestionamientos, en la versión que presento resumida, son [1] : 1.- ¿Existen tanto la libertad de expresión como la posibilidad de criticar y oponerse al gobierno? 2.- ¿La ciudadanía tiene el derecho de cambiar al gobierno que ya no aprueba? 3.- ¿Los tribunales están libres de la intromisión del ejecutivo y de las amenazas de las turbas así como de cualquier asociación con los partidos políticos? 4.- ¿Los tribunales aplican leyes que están basadas en los principios de la decencia y la justicia? 5.- ¿Habrá un trato justo tanto para las personas pobres como para las ricas, para las personas privadas como para quienes pertenecen al gobierno? 6.- Los derechos de las personas, sujetos a sus obligaciones con el Estado, ¿se mantienen, aseguran y promueven? 7.- ¿Las personas pueden tener la seguridad de que no serán detenidas por una policía al servicio de un solo pa...